jueves, mayo 10, 2012




DERECHOS AUXILIARES DEL ACREEDOR


Conjunto de medidas que tienen por objeto mantener la integridad del patrimonio del deudor a fin de que pueda ejercer eficazmente su derecho de prenda general

Enumeración

1.- Medidas Conservativas
Destinadas a evitar que determinados bienes salgan del patrimonio del deudor
Facción reinventario solemne, aposición de sellos, la guarda

2.- Derecho legal de retención

3.- La acción oblicua o subrogatoria
Es la acción que tienen los acreedores para ejercitar acciones y derechos del deudor que este no a ejercido por insidia o negligencia, con la finalidad de proteger la integridad de su patrimonio y de esta forma garantizar su derecho de prenda general.
Requisitos
Þ    Que el acreedor posea un interés  real
Þ    Que el crédito del acreedor sea actualmente exigible
Þ    Que el deudor haya actuado con desidia o negligencia en el cumplimiento de sus derechos
Þ    Que la ley lo permita

4.- La acción pauliana o revocatoria
Cuyo objeto es reintegrar al patrimonio del deudor ciertos bienes que han salido de él en perjuicio de sus acreedores

5.- El beneficio de separación
Destinado a impedir que los bienes del causante se confundan con los del heredero, para que de esa forma puedan pagarse en los primeros los acreedores hereditarios y testamentarios, con preferencia  a  los acreedores propios del heredero












Acción Pauliana
Acción otorgada a los acreedores para dejar sin efecto los actos del deudor ejecutados fraudulenta y en perjuicio de sus derechos siempre que concurran los demás requisitos legales






R
E
Q
U
I
S
I
T
O
S

En relación con el acto
Puede intentarse para dejar sin efecto cualquier acto o contrato voluntario del deudor.
Si el acto es gratuito basta que el acreedor pruebe la mala fe del deudor y el perjuicio de los acreedores

En relación con el deudor
La ley exige que esté de mala fe
Mala fe Pauliana consiste en que el deudor realice el acto conociendo el mal estado de sus negocios

En relación con el acreedor
Quien entabla la acción debe tener interés y sólo va a tenerlo cuando:
Þ    El deudor sea insolvente o que el acto haga aumentar su insolvencia
Þ    Crédito anterior al acto que produzca la insolvencia
Se entiende que hay perjuicio cuando a consecuencia del acto el deudor queda insolvente o se aumenta la ya producida

En relación al tercero adquirente
Þ    Si el acto es gratuito no se requiere ningún requisito especial en el tercero adquirente basta la mala fe del deudor y el perjuicio

Þ    Si el acto es oneroso el tercero adquirente debe estar de mala fe, es decir, haber celebado el acto sabiendo del mal estado de los negocios del deudor




Características

1.- Es una acción directa del acreedor, que ejerce a su propio nombre y no por cuenta del deudor

2.- Es una acción personal porque deriva de un hecho ilícito, luego se debe demandar al deudor y al tercero

3.- Es una acción patrimonial y por lo tanto renunciable, transmisible, transferible y prescriptible, siendo el plazo de prescripción de un año contado desde la fecha del acto o contrato


Efectos

El efecto propio de la acción pauliana es dejar sin efecto el acto o contrato impugnado, hasta el monto del crédito del acreedor que intenta la acción.
Consecuencia de ello es que el deudor puede enervar la acción pagando al acreedor
La revocación sólo afecta a las partes que litigaron

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