domingo, mayo 06, 2012

Aplicación del dolo en nuestro Codigo Civil




CAMPOS EN QUE INCIDE EL DOLO CIVIL

1.- En la fase de formación del consentimiento, como vicio del mismo, en los artículos 1448 y 1459 del CC

2.- En la fase de cumplimiento de los contratos, cuando el deudor deja de cumplir una obligación contractual con la intención positiva de causar perjuicio al acreedor

3.- En la responsabilidad contractual , como un elemento de esa responsabilidad, alternativo a la culpa, conforme a los artículos 2314 y siguientes del CC

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