COMODATO
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MUTUO
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DEPOSITO
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Art 2174 El comodato o préstamo de uso es un contrato en que
una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie, mueble o raíz
para que haga uso de ella y con cargo de restituir la misma especie después
de terminado el uso. Este contrato no se perfecciona sino por la entrega de
la cosa
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Art. 2196 El mutuo o préstamo de consumo es un contrato en
que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles
con cargo de restituir otras tantas del mismo genero y calidad
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Art. 2211 Llámese en general deposito al contrato en que se
confía una cosa corporal a una persona que se encarga de guardarla y de
restituirla en especie
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Características
Þ
Cto. Real
Þ
Cto. Unilateral
Þ
Cto. Gratuito
Þ
Constituye un título de mera tenencia
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Características
Þ
Cto. Real
Þ
Cto. Unilateral
Þ
Contrato naturalmente gratuito según las
normas del CC, pero naturalmete oneroso en las OCD
Þ
Constituye un título traslaticio de dominio
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Características
Þ
Contrato real
Þ
Contrato unilateral
Þ
Cto. Gratuito. Si se estipula remuneración por
la simple custodia de una cosa, el deposito degenera en un arrendamiento de
servicios y el que presta el servicio es responsable hasta la culpa leve
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Cosas susceptibles
de darse en comodato
Todas las cosas muebles o inmuebles siempre que no sean
consumibles
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Cosas susceptibles
de darse en mutuo
Cosas fungibles. Que son aquellas que presentan una relación
de equivalencia con otras de su mismo género por lo que poseen valor
liberatorio
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Cosas susceptibles
de darse en deposito
Cosas corporales
Muebles
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Efectos del
comodato
Obligaciones del comodatario
Þ
Conservar la cosa, responde de culpa levísima
Þ
Usar la cosa en términos concebidos
Þ
Restituir la cosa en el tiempo convenido o a
falta de convención después del uso para que ha sido prestada
Derechos del comodatario
Þ
Derecho legal de retención
Þ
Obligación del comodante (eventual)
Pagar las expensar de conservación de la cosa
Þ
Indemnizar de los perjuicios que la cosa le
haya producido por su mala calidad o condición
|
Efectos del mutuo
Þ
El mutuario asume la única obligación de
restituir otras tantas de igual género y calidad.
Þ
Si no es posible deberá pagarse lo que valgan
las cosas al tiempo en que deba hacerse la restitución
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Efectos del
deposito
A. Obligaciones del depositario
Þ
Guardar la cosa con la debida fidelidad, el
contrato cede en beneficio exclusico del depositante por lo tanto debe
responder de culpa grave o lata
Þ
Obligación de restituir el deposito en especie
y a voluntad del depositante
Þ
La cosa debe restituirse con todos sus
accesiones y frutos
Derecho del depositario
Þ
Derecho legal de retención
Obligaciones del depositante (eventual)
Þ
Pagar al depositario los gastos de
conservación de la cosa en que haya incurrido
Þ
Indemnizar al depositario los perjuicios que
le haya ocasionado la tenencia de la cosa
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Prueba del
comodato
Art. 2175. El comodato podrá probarse mediante testigos
cualquiera sea el valor de la cosa prestada
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Prueba del
deposito
Art. 2217 Cuando según las reglas generales deba otorgarse
este contrato por escrito y se hubiere omitido esta formalidad será creído el
depositario sobre su palabra, sea en orden al echo mismo del deposito, sea en
cuanto a la cosa depositada o al hecho de la restitución
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viernes, junio 22, 2012
Cuadro comparativo de contratos reales
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