domingo, abril 29, 2012

Diferencias entre resolución y nulidad


RESOLUCION DE UN CTTO.
NULIDAD DE UN CTTO.

La resolución deriva del hecho de que en un contrato bilateral una parte no cumple lo pactado mientras la otra la haya cumplido o esté llana a cumplirla

Hay  nulidad cuando existe un vicio originario en el contrato como podría ser objeto ilícito, causa ilícita, vicios de consentimiento, etc.

Cumplida debe restituirse lo que se hubiere recibido bajo tal condición. Sin embargo sólo da acción contre terceros de mala fe

Su principal efecto es la retroactividad que borra el acto, por lo que judicialmente declarada da acción reivindicatoria respecto de terceros sin distinción de buena o mala fe

Sólo cabe la resolución respecto de un contrato válido, pues la acción de resolución deriva del incumplimiento del contrato

El efecto propio de la nulidad se determina que nunca hubo contrato, mal podría declararse la resolución


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