ACCIÓN
RESOLUTORIA
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Acción que emana de la
condición resolutoria en los casos que ella requiere sentencia judicial, y en
cuya virtud el contratante diligente solicita que se deje sin efecto el
contrato por no haber cumplido la contraparte aluna de las obligaciones
emanadas de él.
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C
A
R
A
C
T
E
R
I
S
T
I
C
A
S
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Es una acción personal
Porque la acción deriva del
contrato y estos generan derechos personales. Por ser personal sólo se puede
entablar en contra de quien celebró el contrato, no en contra de terceros.
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Es patrimonial, por lo tanto:
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Es mueble o inmueble según la cosa sobre la que recaiga
Art. 580 Los derechos y acciones se reputan muebles o inmuebles,
según lo sea la cosa en que han de ejercerse o que se deban
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Es indivisible subjetiva y objetivamente
Sujetiva porque si son varios los acreedores, deben ejercer la
acción conjuntamente y si hay pluralidad de deudores deben demandarse a todos
ellos
Objetiva porque no se puede demandar en parte el cumplimiento y
en parte la resolución
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viernes, mayo 04, 2012
Acción Resolutoria
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